¿Acabas de perder a un familiar cercano y te encuentras en una encrucijada laboral? ¿No estás seguro si tienes derecho a tomarte la licencia por luto? Si tu suegra ha fallecido, es importante que conozcas tus derechos laborales en Colombia y cómo puedes hacer uso de ellos en estos momentos difíciles. En este artículo, te explicaremos todo lo que necesitas saber sobre la licencia por luto en Colombia, y si en caso de fallecimiento de tu suegra, puedes hacer uso de ella.
La pérdida de un ser querido es una situación dolorosa y difícil de sobrellevar, y en muchas ocasiones, puede afectar nuestro desempeño laboral. En Colombia, existe una ley que protege los derechos de los trabajadores en estos casos y les permite tomarse un tiempo para hacer frente a su dolor y acomodarse a la nueva situación. Si estás pasando por este difícil momento y no sabes si tienes derecho a la licencia por luto, sigue leyendo y descubre todo lo que necesitas saber para hacer uso de tus derechos laborales en Colombia.
Qué es la licencia por luto
Si tienes un familiar cercano que fallece, es normal que quieras tomarte un tiempo para procesar la pérdida y hacer los arreglos necesarios. En Colombia, existe algo llamado «licencia por luto» que te permite hacer precisamente eso. Pero, ¿qué pasa si se trata de un familiar político como una suegra? ¿Tienes derecho a la licencia por luto?
En Colombia, la ley establece que la licencia por luto se otorga a los trabajadores que han perdido a un miembro de su familia cercana. Esto incluye a cónyuges, hijos, padres, abuelos, hermanos y nietos. Sin embargo, la ley no menciona específicamente a los suegros.
A pesar de esto, muchas empresas en Colombia tienen políticas internas que permiten a los empleados tomar licencia por luto en caso de la muerte de un suegro. Es importante que revises tu contrato laboral y la política de tu empresa para saber si tienes derecho a esta licencia en caso de la muerte de tu suegra.
En caso de que tengas derecho a la licencia por luto, es importante que sepas que esta suele durar entre 1 y 5 días hábiles, dependiendo de la empresa y de la relación que tenías con la persona fallecida. Durante este tiempo, no se te puede descontar del salario y se considera como un permiso remunerado.
Quiénes tienen derecho a la licencia por luto en Colombia
La licencia por luto es un derecho laboral en Colombia que permite a los trabajadores ausentarse temporalmente del trabajo en caso de fallecimiento de un familiar cercano. Esta licencia se concede para que el trabajador pueda hacer frente a las responsabilidades y trámites que surgen tras la pérdida de un ser querido.
En Colombia, la ley establece que tienen derecho a la licencia por luto los trabajadores que se encuentren vinculados mediante un contrato laboral, sin importar si es a término fijo o indefinido. Además, se debe haber cumplido un tiempo mínimo de trabajo, el cual puede variar según la empresa y el tipo de contrato.
En cuanto a los familiares cercanos que dan derecho a la licencia por luto, se consideran los siguientes:
- Cónyuge: Esposo o esposa.
- Compañero permanente: Pareja con la que se ha convivido de manera ininterrumpida por más de dos años.
- Hijos: Biológicos, adoptados o de crianza.
- Padres: Biológicos o adoptivos.
- Hermanos: Biológicos, adoptivos o de crianza.
- Abuelos: Biológicos o adoptivos.
- Nietos: Biológicos o adoptivos.
Por lo tanto, si se muere la suegra, no se tiene derecho a la licencia por luto, ya que no es considerada un familiar cercano según la ley colombiana. Sin embargo, es importante tener en cuenta que algunas empresas pueden otorgar días adicionales de licencia o días personales para que el trabajador pueda hacer frente a la situación.
Cómo se calcula el tiempo de la licencia por luto
En Colombia, la ley establece que los trabajadores tienen derecho a una licencia remunerada por luto en caso de fallecimiento de un familiar directo. Sin embargo, surge la duda si se tiene derecho a la licencia por luto en caso de fallecimiento de un suegro o suegra.
De acuerdo con el Artículo 57 del Código Sustantivo del Trabajo, los trabajadores tienen derecho a una licencia remunerada por luto de máximo tres (3) días hábiles en caso de fallecimiento de su cónyuge, compañero o compañera permanente, hijos o padres.
Entonces, ¿qué pasa en caso de fallecimiento de un suegro o suegra? La respuesta es que no está contemplado en la ley. Por lo tanto, no hay derecho a la licencia remunerada por luto en caso de fallecimiento de un suegro o suegra.
Es importante tener en cuenta que el tiempo de la licencia por luto se cuenta a partir del día siguiente al del fallecimiento del familiar. Además, el empleador puede solicitar una prueba del fallecimiento, como el certificado de defunción, para hacer efectiva la licencia remunerada.
En cuanto al cálculo del pago de la licencia por luto, se debe tener en cuenta el salario que el trabajador devengaba al momento del fallecimiento del familiar directo. Este salario se divide entre el número de días laborales del mes y se multiplica por los días de licencia remunerada por luto.
¿Se puede solicitar licencia por luto por la muerte de un familiar político?
El fallecimiento de un ser querido siempre es un momento difícil y doloroso que puede afectar nuestra vida cotidiana. En el ámbito laboral, la ley colombiana contempla el derecho a solicitar una licencia por luto en caso de la muerte de un familiar cercano. Pero, ¿qué pasa si se trata de un familiar político, como la suegra?
En Colombia, la ley establece que la licencia por luto se otorga en caso de la muerte de familiares directos, como padres, hijos, cónyuge, hermanos, abuelos, nietos y bisabuelos. Sin embargo, también se considera la posibilidad de concederla por la muerte de familiares políticos, como suegros, yernos o nueras.
Es importante tener en cuenta que la ley no establece un plazo fijo para la licencia por luto, sino que queda a discreción del empleador y del trabajador acordar el tiempo necesario para el duelo y el proceso de adaptación. Generalmente, se suele otorgar entre 2 y 5 días hábiles.
En cuanto a la solicitud de la licencia por luto, el trabajador debe informar a su empleador de manera oportuna y presentar los documentos necesarios que acrediten el vínculo familiar y el fallecimiento del ser querido. Es importante mencionar que este tipo de licencia es remunerada y no puede ser objeto de descuento alguno en el salario o prestaciones sociales del trabajador.
Si has sufrido la pérdida de un familiar político, como la suegra, puedes solicitar la licencia por luto siempre y cuando cuentes con los documentos necesarios que acrediten el vínculo familiar y el fallecimiento. La duración de la licencia queda a discreción del empleador y del trabajador, y es importante recordar que es un derecho remunerado y no puede ser objeto de descuentos.




