Si eres empleador de trabajadoras domésticas que laboran por días, es importante que conozcas todo lo relacionado con la liquidación de prestaciones sociales. Sabemos que puede resultar un tema complejo, por eso en este artículo te brindaremos información clara y precisa para que puedas cumplir con tus obligaciones laborales y evitar posibles sanciones.
Las trabajadoras domésticas que laboran por días también tienen derecho a recibir las prestaciones sociales establecidas por la ley, tales como vacaciones, prima de servicios, cesantías y seguridad social. A continuación, te explicaremos de manera detallada cómo se debe realizar la liquidación de cada una de estas prestaciones y cuáles son los plazos establecidos para su pago. ¡No te lo pierdas!
¿Cómo realizar la liquidación de prestaciones sociales para trabajadoras domésticas que laboran por días?
En Colombia, las trabajadoras domésticas que laboran por días tienen derecho a recibir sus prestaciones sociales de acuerdo a lo establecido en la ley. Sin embargo, muchas veces los empleadores no saben cómo realizar la liquidación de estas prestaciones, lo cual puede generar problemas legales.
Para realizar la liquidación de prestaciones sociales para trabajadoras domésticas que laboran por días, se deben tener en cuenta los siguientes pasos:
Verificar el tiempo laborado
Lo primero que se debe hacer es verificar el tiempo que la trabajadora doméstica ha laborado para el empleador. En Colombia, se considera que una trabajadora doméstica que labora por días tiene derecho a prestaciones sociales después de haber trabajado más de 15 días en el mes.
Calcular las prestaciones sociales
Una vez verificado el tiempo laborado, se debe proceder a calcular las prestaciones sociales correspondientes. Estas incluyen:
- Prima de servicios: Equivale a un mes de salario por cada año trabajado. Si la trabajadora doméstica ha laborado por menos de un año, se debe calcular proporcionalmente.
- Cesantías: Equivale al 8,33% del salario devengado durante el tiempo laborado.
- Intereses sobre cesantías: Equivale al 1% mensual sobre el valor de las cesantías.
- Vacaciones: Equivale a 15 días hábiles de salario por cada año laborado. Si la trabajadora doméstica ha laborado por menos de un año, se debe calcular proporcionalmente.
Realizar el pago de las prestaciones sociales
Una vez calculadas las prestaciones sociales correspondientes, se debe proceder a realizar el pago de las mismas a la trabajadora doméstica. Es importante tener en cuenta que, según la ley colombiana, este pago debe realizarse máximo dentro de los 15 días siguientes al término del tiempo laborado.

Conoce los derechos laborales de las trabajadoras domésticas en Colombia
Si eres una trabajadora doméstica que labora por días, es importante que sepas que tienes derecho a la liquidación de prestaciones sociales. Estas incluyen el pago de prima de servicios, vacaciones, cesantías y la correspondiente indemnización por despido sin justa causa.
La liquidación de prestaciones sociales se calcula con base en el salario mensual promedio que hayas recibido durante el tiempo que hayas trabajado para tu empleador. Si trabajas por días, se debe calcular el salario diario promedio multiplicando el salario que recibes por día por el número de días trabajados en el mes.
Para calcular la prima de servicios, se toma el salario mensual promedio y se divide entre 360 días. El resultado se multiplica por el número de días trabajados en el año. La vacaciones corresponden a 15 días hábiles por año trabajado, y se pagan con base en el salario mensual promedio. Las cesantías se liquidan con base en el salario mensual promedio y se pagan anualmente. La indemnización por despido sin justa causa es equivalente a 30 días de salario por cada año trabajado.
Es importante que las trabajadoras domésticas conozcan sus derechos laborales y exijan su cumplimiento. Si tienes dudas o necesitas asesoría, puedes acudir a entidades como el Ministerio de Trabajo o sindicatos que defienden los derechos laborales de las trabajadoras domésticas.
¿Cuáles son las prestaciones sociales a las que tienen derecho las trabajadoras domésticas por días?
Las trabajadoras domésticas por días son aquellas que laboran para una familia solo algunos días de la semana o del mes, sin tener un contrato laboral fijo. A pesar de que su trabajo no es continuo, estas trabajadoras también tienen derecho a algunas prestaciones sociales que les corresponden por ley.
En Colombia, las trabajadoras domésticas por días tienen derecho a la afiliación al sistema de seguridad social, lo que incluye la salud, la pensión y la cesantía. Además, tienen derecho a recibir el prima de servicios, que corresponde a un salario adicional por cada año trabajado y se paga en dos partes, la primera en junio y la segunda en diciembre.
Otra prestación social a la que tienen derecho las trabajadoras domésticas por días es la vacaciones, que se liquidan proporcionalmente al tiempo trabajado en el año y se deben pagar al finalizar el contrato. También tienen derecho al seguro de riesgos laborales, que protege a la trabajadora en caso de accidentes laborales o enfermedades relacionadas con su trabajo.
Es importante destacar que todas estas prestaciones sociales deben ser liquidadas y pagadas por el empleador al finalizar el contrato de la trabajadora doméstica por días. Si el empleador no cumple con esta obligación, la trabajadora puede acudir a las autoridades laborales para reclamar sus derechos.




