Sanción moratoria por no consignar las cesantías

Sanción moratoria por no consignar las cesantías

Si eres empleador en Colombia, es importante que estés al tanto de las obligaciones laborales que debes cumplir con tus trabajadores. Una de ellas es la consignación de las cesantías. Y es que, aunque para muchos empleadores puede parecer una tarea engorrosa, no hacerlo puede traer consecuencias graves para tu empresa.

En este artículo hablaremos sobre la sanción moratoria por no consignar las cesantías. Te explicaremos qué es, cuándo se aplica y cuánto tendrías que pagar en caso de incurrir en esta falta. Además, te daremos algunos consejos para evitar esta sanción y cumplir con tus obligaciones laborales de manera efectiva. ¡Sigue leyendo!

¿Qué es la sanción moratoria por no consignar las cesantías?

En Colombia, las empresas tienen la obligación de consignar las cesantías de sus empleados en una cuenta especial cada año. Las cesantías son un derecho laboral que se acumula mensualmente y que se debe pagar al trabajador al finalizar su contrato laboral. Si una empresa no consigna las cesantías, se expone a una sanción moratoria.

La sanción moratoria es una multa que se aplica a las empresas que no consignan las cesantías en el plazo establecido, que es el 14 de febrero de cada año. Esta sanción se calcula de acuerdo al tiempo que la empresa se ha tardado en consignar las cesantías y se aplica sobre el valor de las cesantías adeudadas.

La sanción moratoria se calcula de la siguiente manera:

  • Entre 1 y 30 días de mora: 5% de la totalidad de las cesantías adeudadas.
  • Entre 31 y 60 días de mora: 10% de la totalidad de las cesantías adeudadas.
  • Entre 61 y 90 días de mora: 15% de la totalidad de las cesantías adeudadas.
  • Más de 90 días de mora: 20% de la totalidad de las cesantías adeudadas.

Es importante tener en cuenta que la sanción moratoria se aplica de forma acumulativa, es decir, si la empresa no ha consignado las cesantías durante varios años, se le aplicará la sanción correspondiente a cada año de mora. Además, la sanción no se puede descontar del valor de las cesantías adeudadas al trabajador.

Conoce las consecuencias de no consignar las cesantías a tiempo

Las cesantías son un derecho laboral de todos los trabajadores en Colombia y consisten en un ahorro que se hace mes a mes por parte del empleador, con el fin de garantizar una seguridad financiera al trabajador en caso de que este sea despedido o termine su contrato laboral.

Es importante destacar que el empleador tiene la obligación de consignar las cesantías en una cuenta de ahorro especializada a más tardar el 14 de febrero de cada año y si no lo hace, puede enfrentar sanciones económicas conocidas como sanción moratoria.

La sanción moratoria es una multa que se aplica al empleador por no consignar las cesantías en el tiempo establecido. Esta sanción equivale al 2% de los intereses causados por las cesantías correspondientes al periodo no consignado y se aplica por cada mes de retraso.

Además, si el empleador no consigna las cesantías en el tiempo establecido, el trabajador tiene derecho a exigir el pago de los intereses moratorios correspondientes, los cuales se calculan a partir del 15 de febrero de cada año y pueden ser del 1% mensual.

Es importante destacar que estas sanciones son evitables si el empleador cumple con su obligación de consignar las cesantías a tiempo. Por lo tanto, es fundamental que los empleadores estén al tanto de los plazos y obligaciones que tienen en cuanto a las cesantías.



¿Cómo evitar la sanción moratoria por no consignar las cesantías?

Las cesantías son una prestación social que deben pagar los empleadores a sus trabajadores en Colombia, corresponde al 8.33% del salario mensual devengado por el empleado. La ley establece que estas deben ser consignadas en una cuenta especial a más tardar el 14 de febrero de cada año.

Si el empleador no cumple con esta obligación, se le puede imponer una sanción moratoria por parte del Ministerio de Trabajo. Esta sanción consiste en un interés del 2% mensual sobre el valor de las cesantías no consignadas, y se aplica a partir del 15 de febrero de cada año.

Para evitar esta sanción, es importante que los empleadores cumplan con la obligación de consignar las cesantías a tiempo. Es recomendable que se haga una programación de pagos desde el inicio del año, para que se tenga en cuenta esta obligación y se pueda cumplir con ella.

En caso de que el empleador tenga dificultades económicas para consignar las cesantías, puede acudir al Ministerio de Trabajo y solicitar un acuerdo de pago. Esto permitiría al empleador pagar las cesantías adeudadas en cuotas, sin tener que pagar la sanción moratoria.

Es importante destacar que la sanción moratoria por no consignar las cesantías puede tener un impacto negativo en la reputación del empleador, ya que se trata de una obligación legal que se debe cumplir. Además, esta sanción genera un costo adicional que puede afectar la estabilidad financiera de la empresa.

¿Qué hacer si ya recibiste una sanción moratoria por no consignar las cesantías?

Si eres un empleador en Colombia y has recibido una sanción moratoria por no consignar las cesantías de tus empleados, es importante que tomes medidas para solucionar esta situación. La sanción moratoria es una multa que se aplica cuando el empleador no realiza la consignación de las cesantías dentro del plazo establecido por la ley, que va del 1 de enero al 14 de febrero de cada año.

Lo primero que debes hacer es pagar la sanción moratoria impuesta por el Ministerio de Trabajo. Esta multa se calcula de acuerdo al número de días de retraso en la consignación de las cesantías y al número de empleados afectados. El pago de la sanción moratoria no exime al empleador de realizar la consignación de las cesantías correspondientes.

Una vez que hayas pagado la sanción moratoria, debes realizar la consignación de las cesantías de tus empleados en una entidad financiera autorizada. Recuerda que las cesantías son un derecho laboral de tus empleados y debes cumplir con tu obligación de consignarlas en el plazo establecido.

Si tienes dificultades para realizar el pago de la sanción moratoria o la consignación de las cesantías, es recomendable que consultes con un abogado laboral o un contador público para que te asesoren en el proceso.

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